El Registro Europeo de Profesionales del Ejercicio (EREPS) es un proceso independiente para el registro de instructores, entrenadores y profesores que trabajan en el sector europeo de la salud, el fitness y la actividad física. Se trata de un sistema pan-europeo, basado en registros nacionales independientes, que culmina en un sistema de base de datos central europeo.
Para un profesional en activo, estar registrado significa haber cumplido los requisitos mínimos acordados de ´´Good practice´´ (buenas practicas) , incluida la adopción del Código Ético, e implica un compromiso de elevar los estándares a través de un proceso de desarrollo profesional, personal y de carrera.
El EREPS está regulado por el Comité de Estándares Profesionales de EuropeActive, a través del acuerdo aceptado del Marco Europeo de Cualificación del Sector del Fitness (SQF, Fitness Sector Qualification Framework ), que hace referencia a la cualificación del Marco Europeo de Cualificación (EQF- European Qualification Framework). Las normas utilizadas para el EREPS se desarrollaron a través de una amplia consulta y definen los conocimientos, habilidades y competencias que un profesional del ejercicio debe alcanzar para ser registrado.
Es importante establecer, dar a conocer y mantener las normas de comportamiento ético en la práctica de la instrucción de fitness, así como informar y proteger al público y a los clientes que utilizan los servicios de los profesionales del ejercicio.
Este Código Ético define las mejores prácticas para los profesionales del fitness, reflejando los valores fundamentales relativos a los derechos, las relaciones, las responsabilidades y las normas.
El registro se consigue y se mantiene mediante la adquisición de cualificaciones y formación, que se reconocen a través del programa EREPS, y que son de referencia internacional.
Los miembros de L’EREPS también deben cumplir con las leyes y requisitos específicos del país en el que operan y, si se requiere, deben tener un seguro de responsabilidad civil adecuado.
PRINCIPIO 1 – DERECHOS
Los profesionales del ejercicio serán respetuosos con sus clientes y sus derechos como personas».
El cumplimiento de este principio requiere que los profesionales del ejercicio mantengan un nivel de profesionalidad, comportándose adecuadamente en su trato con todos los grupos de clientes y demostrando responsabilidad:
- Respeto por las diferencias individuales y la diversidad.
- Buenas prácticas para contrarrestar la discriminación y la desigualdad.
- Discreción en el tratamiento de la información del cliente.
PRINCIPIO 2 – RELACIONES
Los profesionales del ejercicio físico fomentarán relaciones saludables con sus clientes y con otros profesionales de la salud».
La adhesión a este principio requiere que los profesionales del ejercicio desarrollen y mantengan una relación con los clientes basada en la franqueza, la honestidad, la confianza mutua y el respeto; y que se muestren responsables:
- Conciencia de la necesidad de priorizar las necesidades de los clientes y de promover su bienestar y sus mejores intereses en primer lugar, al planificar un programa de formación adecuado.
- Claridad en todas las formas de comunicación con los clientes, los colegas profesionales y los profesionales médicos, asegurando la honestidad, la precisión y la cooperación en la búsqueda de acuerdos, y evitando la tergiversación o cualquier conflicto de intereses que surja entre el cliente y su profesional.
- La integridad como ejercicio profesional y el reconocimiento de la posición de confianza que dicta esa función, garantizando que se evite cualquier comportamiento inadecuado en todas las relaciones con los clientes.
PRINCIPIO 3 – RESPONSABILIDAD PERSONAL
Los profesionales del ejercicio demostrarán y promoverán un estilo de vida y una conducta limpia y responsable».
El cumplimiento de este principio requiere que los profesionales del ejercicio se comporten de manera
personal adecuado y demostrar su responsabilidad:
- Altas normas de conducta profesional adecuadas a su trato con todos los clientes y que reflejen la imagen particular y las expectativas correspondientes al papel de un profesional del ejercicio físico en el sector del fitness; no fumar, beber alcohol o tomar drogas recreativas antes o durante la actividad de entrenamiento.
- Que nunca apoyen o toleren el uso de drogas prohibidas u otros beneficios prohibidos o sustancias para mejorar la imagen.
- Comprensión de sus responsabilidades legales y de su obligación de rendir cuentas en el trato con el público, y conciencia de la necesidad de honestidad y exactitud a la hora de justificar sus afirmaciones de autenticidad cuando promueven sus servicios en el ámbito público.
- Una actitud responsable hacia el cuidado y la seguridad de los participantes en el entorno del entrenamiento, y en las actividades planificadas, garantizando que ambas se adapten a las necesidades del cliente.
- Que en todo momento exista un seguro de responsabilidad e indemnización adecuado para proteger a sus clientes y cualquier responsabilidad legal que se derive de ello.
- Un deber absoluto de cuidado para ser consciente de su entorno de trabajo y ser capaz de hacer frente a todos los accidentes y emergencias razonablemente previsibles, para protegerse a sí mismo, a sus compañeros y a los clientes.
PRINCIPIO 4 – NORMAS PROFESIONALES
Los profesionales del ejercicio tratarán de adoptar el más alto nivel de estándares profesionales en su trabajo en el ejercicio y en el desarrollo de su carrera».
La adhesión a este principio requiere que los profesionales del ejercicio se comprometan a obtener una cualificación profesional adecuada y a una formación continua para demostrar su responsabilidad:
- Participar activamente en la búsqueda de la actualización de conocimientos y la mejora de sus competencias profesionales para mantener un nivel de calidad del servicio, reflexionando sobre sus prácticas, identificando las necesidades de desarrollo e iniciando las actividades de desarrollo pertinentes.
- Disposición a asumir la responsabilidad y la rendición de cuentas de las decisiones o acciones profesionales, acogiendo la evaluación del propio trabajo y reconociendo cuándo es necesario y apropiado remitir a otro profesional o especialista.
- Una responsabilidad personal para mantener la propia eficacia y limitarse a la práctica de actividades para la cuya formación y competencia estén reconocidas por el Registro.